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La Registraduría avala el "Referendo por la Estabilidad": El contrapeso a la Constituyente del gobierno Petro.


Por: José Velásquez 

La Registraduría Nacional del Estado Civil ha oficializado hoy un nuevo capítulo en la intensa pugna constitucional de Colombia. 

Mediante la Resolución 4723 de 2026, la entidad otorgó el aval al comité promotor del "Referendo por la Estabilidad Constitucional 2026-2034", una iniciativa ciudadana que busca bloquear cualquier intento de asamblea constituyente durante los próximos ocho años.

El Comité Anticonstituyente que busca el blindaje a la Carta de 1991, surge como respuesta directa a la propuesta de Asamblea Nacional Constituyente impulsada por el gobierno del presidente Gustavo Petro. Su objetivo central es adicionar un artículo transitorio a la Constitución que rece: “No podrá convocarse a una Asamblea Constituyente para reformar la Constitución hasta el 6 de agosto de 2034”.

El comité está liderado por figuras de centro y oposición, destacando a Sergio Fajardo, la ex secretaria de Educación Edna Bonilla, el exgerente de EPM Federico Restrepo y el abogado Mauricio Pava Lugo, quien actúa como vocero oficial.

Los promotores sostienen que la estabilidad jurídica es vital para el país y que la Constitución de 1991 ya ofrece los mecanismos necesarios para realizar reformas sin necesidad de una ruptura institucional.

La Contraparte: 

El Comité por la Asamblea Constituyente en la otra orilla se encuentra respaldado por el Gobierno Nacional, el cual ya inició su proceso de recolección meses atrás.

Cuenta con el apoyo del Ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, y líderes sociales como Carlos Rosero.

El propósito es buscar una reforma profunda para "desbloquear" reformas sociales, agrarias y de justicia que han enfrentado obstáculos en el Congreso de la República.

Requisitos legales: 

Ambos procesos deben cumplir con las exigentes etapas de la Ley 1757 de 2015 sobre mecanismos de participación:

Comité Anticonstituyente (Referendo) 

  • Firmas necesarias: 2,5 a 3 millones (5% del censo electoral).

  • Plazo Recolección: 6 meses (prorrogables por 3 más) 

  • Paso por el Congreso: Proyecto de Ley aprobado por mayoría.

  • Votos en Urnas: Voto afirmativo de la mayoría (más del 25% del censo).

 Asamblea Nacional Constituyente 

  • Firmas necesarias: 2,5 a 3 millones (5% del censo electoral).

  • Plazo Recolección: 6 meses.

  • Paso por el Congreso: Proyecto de Ley aprobado por mayoría absoluta.

  • Votos en Urnas: Un tercio del censo electoral (~13,5 millones de votos)

La diferencia sustancial radica en que, aunque ambos son mecanismos de participación ciudadana, la Constitución colombiana impone requisitos más estrictos para convocar una Asamblea Constituyente que para aprobar un Referendo, debido a la magnitud del cambio institucional que cada uno representa.

Estas son las razones legales:

El Umbral de la Asamblea Constituyente (Más difícil)

Para convocar una Asamblea que pueda redactar una nueva Constitución o cambiarla a fondo, el Artículo 376 de la Constitución exige un "umbral de participación" muy alto:

  • El requisito: Debe votar a favor al menos un tercio (1/3) del censo electoral actual.

  • La razón: Se busca que una decisión tan radical (que incluso podría disolver el Congreso actual) tenga un respaldo popular masivo e incuestionable, no solo de una mayoría simple de los que asistan a las urnas.

  • En números: Con un censo de aprox. 40 millones, necesitan unos 13.3 millones de votos afirmativos.

El Umbral del Referendo Anticonstituyente (Más accesible)

El comité liderado por Sergio Fajardo busca un Referendo Constitucional (para adicionar un artículo que prohíba la constituyente). Este se rige por el Artículo 378 de la Constitución y la Ley 1757 de 2015:

  • El requisito: Requiere que participe más de la cuarta parte (1/4) del censo electoral (25%) y que de esos, la mitad más uno vote "Sí".

  • La razón: Es una reforma a puntos específicos de la Constitución vigente, no una sustitución total de la misma, por lo que el nivel de exigencia es el estándar para referendos.

  • En números: Necesitan que voten aprox. 10 millones de personas, y que el "Sí" gane.

En términos prácticos, al comité "Anticonstituyente" le resulta legalmente más fácil ganar en las urnas que al comité que busca la Asamblea, porque el umbral de votos exigido por la ley es significativamente menor.

Tras la entrega de los formularios hoy por parte de la Registraduría, el comité liderado por Sergio Fajardo tiene hasta noviembre de 2026 para certificar los apoyos. Si logran la meta, la iniciativa pasará al nuevo Congreso (que se posesiona en julio de 2026) para su debate legislativo, seguido del control automático de la Corte Constitucional.

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